PLAN MATERNO

Para la admisión al Plan Materno la afiliada deberá:

  • Solicitar una consulta en el Servicio de Medicina Familiar de DASMI
  • En caso de disponer del Certificado de Embarazo y fecha probable del parto (FPP), presentarlos en el Servicio mencionado.
  • Si hay interrupción del embarazo, la beneficiaria tiene la obligación de comunicarlo a DASMI.

 

La cobertura del 100% (cien por ciento) será en los siguientes ítems:

Consultas y prácticas médicas:

  • Una por mes desde la presentación del certificado de embarazo hasta el séptimo mes.
  • Dos en los meses octavo, noveno del embarazo, y el primer mes luego del parto.
  • Ecografía obstétrica: Una por trimestre.
  • Monitoreo fetal: uno al tercer trimestre
  • Ecodoppler fetal: Scan Fetal, finalizando de acuerdo a auditoría médica.
  • Curso de parto sin temor: Se cubrirá un curso por única vez.

DASMI no cubrirá las vacunas que están dentro del PLAN NACIONAL OBLIGATORIO, las cuales deberán ser provistas por los dispensarios habilitados (Hepatitis B, Antigripal y Triple Bacteriana Acelular).

Medicamentos:  Hasta el mes posterior al parto, y directamente relacionado con el mismo con cobertura del 100%.

Internación: De la embarazada hasta el alta del parto o cesárea.

Laboratorio

  • 1er trimestre: Hemograma, glucemia, orina completa, HIV, urea, creatinina, grupo sanguíneo, Rh, VDRL, Coombs indirecta, Toxoplasmosis Ac. IgG Anti- ELISA, Chagas Ac. Totales/IgG (IFI/ELISA/QL) y Hepatitis B Antígeno de Superficie (Ag-HBs).
  • 2do trimestre: Hemograma, glucemia, urea, creatinina, orina completa, Coombs indirecta.
  • 3er trimestre: Hemograma, urea, VDRL creatinina, orina completa, Coombs indirecta investigación de Estreptococo Beta Hemolítico por vía vaginal y peri anal.
  • Otros análisis serológicos que el médico tratante considere imprescindibles requerirán resumen de Historia clínica y autorización del Auditor.

La cobertura del Plan Materno, en Hijas Adherentes, será del 50%.

PLAN INFANTIL

Para este plan rigen las siguientes normas:

  • Presentación del Certificado de Nacimiento y fotocopia del DNI.

La cobertura del 100% (cien por ciento) será en los siguientes ítems:

Las consultas médicas neonato y lactante son cubiertas una por mes hasta el año de edad.

Análisis que permitan la detección y prevención de enfermedades metabólicas hereditarias según convenio con la Fundación Bioquímica Argentina:

  • Hipotiroidismo congénito
  • Fenilcetonuria
  • Enfermedad fibroquística del páncreas
  • Galactosemia
  • Hiperplasia suprarrenal congénita
  • Biotinidasa
  • Enfermedad de Jarabe de Arce
  • Panel ampliado de detección de errores congénitos
  • Ecografía de Caderas

100% de cobertura en la práctica otoemisiones acústicas para detección temprana de hipoacusia en recién nacidos, previa autorización de DASMI.

Medicamentos

  • Hasta los 12 meses cobertura del 100%.

Vacunas

  • Las vacunas que están dentro del Plan Nacional Obligatorio deberán ser provistas por los Dispensarios Habilitados.
  • Las vacunas que están fuera del Plan Nacional Obligatorio se cubrirán al 100% con previa auditoría y autorización, excepto la vacuna BESXERO que tendrá una cobertura del 40%.

Alimento para Lactantes

Leche maternizada:
No se cubrirá, salvo expresa indicación médica acompañada de resumen de historia clínica para evaluación de auditoría, hasta los 6 meses de vida.

Leche medicamentosa:
De acuerdo a estricta indicación médica acompañada de Historia Clínica y estudios complementarios para evaluación de Auditoría. Se entregará hasta el año de vida el equivalente a 3 kg. por mes.